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jul

Carta-documento a Mauricio Macri para impugnar el Decreto Nº 632/2018

Carta-documento a Mauricio Macri para impugnar el Decreto Nº 632/2018
#Actualidad #Gremiales

Le enviamos una carta-documento al Presidente para impugnar el Decreto Nº 632/2018 que resulta contrario a la Constitución Nacional y a los Tratados Internacionales.


Siguiendo los lineamientos del FMI y amparado en supuestos "planes de dotación óptima", el Gobierno pretende ajustar y recortar a los trabajadores estatales los recursos que entrega a las multinacionales y los sectores financieros. A continuación, la transcripción de la denuncia:




---Buenos Aires, 24 de julio de 2018.




---En nombre y representación del Consejo Directivo de Capital Federal de la Asociación Trabajadorxs del Estado, nos dirigimos a Ud. a fin de ratificar nuestra misiva de fecha 01.06.2018 e impugnar el Dto. Nº632/2018 (EX-2018-26414263-APN-SECEP#MM) de ajuste y desguace de la Administración Pública Nacional, por resultar ello contrario a nuestra Carta Magna y los Tratados Internacionales de Derechos Humanos.-




---En primer lugar, tal y como consta de la simple lectura del referido decreto, el mismo se encuentra fundado en principios dogmáticos de la economía y en la carta de intención firmada con el FMI, apartándose de los lineamientos básicos fundamentales que nuestros/as legisladores/as constituyentes han ordenado en los arts. 75 inc. 19 y 22 de la Carta Magna, motivando la declaración de inconstitucionalidad del Decreto.-




---En segundo lugar, sin perjuicio de la inconstitucionalidad manifiesta referida, el mencionado no se sustenta en fundamentos fácticos ni jurídicos, en tanto nunca se ha puesto a disposición los supuestos resultados de dotación óptima, no se ha dado intervención a los gremios en las veedurías correspondientes, mantiene un trato desigual arbitrario para los ingresos al Estado, viciando cualquier decisión de nulidad absoluta e insanable.-




---En tercer lugar, la pretendida revisión de las bonificaciones, gratificaciones, etc. así como la reducción de las  horas extraordinarias, no sólo carecen de fundamento sino que, en tanto resultan sumas normales, habituales, regulares y permanentes, ya se han incorporado al salario de los/as trabajadores/as estatales (cfr. art 6 de la Ley 24.241 y Convenio 95 OIT) resultando los mismos intangibles (cfr. CSJN ATE II).-




---De este modo, no resulta jurídicamente posible un recorte y ajuste en las políticas públicas y el trabajo estatal, en tanto vulneraría derechos constitucionales previstos en el art. 14 bis, 18, 28, 75 inc. 19 y 22 de la CN, Convenio 95 y 122 de la OIT, Tratados Internacionales de Derechos Humanos y los principios de Progresividad, Pro Homine, de la Justicia Social y el Bienestar General conforme los desarrolla la CSJN en el fallo ATE II entre otros.- 




---En virtud de lo expuesto, venimos a impugnar el Dto. 632/2018 por resultar manifiestamente inconstitucional y lo exhortamos que se abstenga de llevar adelante las medidas anunciadas y/o cualquier otra afectación de los derechos fundamentales de los/as trabajadores/as que representamos, todo ello bajo apercibimiento de acrecentar las acciones gremiales y legales que estimemos corresponder, y formulemos las denuncias por violaciones de los DDHH ante organismos internacionales correspondientes.-




---Queda Ud. debidamente notificado.-




POR EL CONSEJO DIRECTIVO DE CAPITAL FEDERAL


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