30 diciembre 2020
El primero, tiene que ver con la Paritaria de la Ciudad de Buenos Aires, en el cual el Juzgado Nacional de 1ra Instancia del Trabajo N°. 2, declaró práctica desleal por parte del GCBA en “su conducta de integrar la comisión negociadora del convenio colectivo aplicable escalafón general de los trabajadores públicos del poder ejecutivo” y fijando como condena la multa $2.043 por cada trabajador y trabajadora del escalafón, lo que constituiría aproximadamente $102 millones de multa, teniendo en cuenta los más de 50.000 trabajadores y trabajadoras que existen en la Ciudad de Buenos Aires. El fallo a su vez, ordena a crear una mesa de negociación colectiva en el que participe ATE Capital, Sutecba y UPCN en igualdad de condiciones, creado de esa manera a futuro, “una única voluntad de los y las trabajadoras”.
Es de destacar que la sentencia deja en claro que está “sobradamente probado” que el Gobierno de la Ciudad uso todos los mecanismos de forma irregular para excluir a nuestra organización sindical de la Paritaria. Además, los montos de la multa van destinados “al mejoramiento de los servicios de inspección del trabajo del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación”.
El segundo fallo derivó de la Justicia Contencioso Administrativo y Tributario de la CABA ha ratificado las sentencias obtenidas por nuestro Consejo Directivo donde el GCBA no sólo debe cumplir con medidas de prevención de seguridad e higiene ante la pandemia, sino que además Provincia ART deberá realizar su trabajo habitual sumado a análisis por COVID-19 y análisis periódicos anuales. El fallo obliga a todas las partes a sentarse con nuestro Consejo Directivo para articular los cumplimientos de dichas medidas y consecuentemente que cumplan de manera cabal con los EPP y protocolos por el COVID-19, entre otros.
Asimismo, la justicia rechazó la apelación del GCBA en la que pedía que no se le intime a cumplir con la sentencia en todos los organismos de NNyA que dependen del GCBA.
Niñas, Niños y Adolescentes
Los magistrados rechazaron de manera contundente lo manifestado por el GCBA, y afirmaron que la presentación judicial realizada por este Consejo Directivo no sólo representa a les trabajadores del Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes (CDNNYA) sino también, “a todos aquellos dispositivos de NNYA que dependen del GCBA, incluyendo además a les niñes y adolescentes que integran dichos dispositivos”.
La sentencia definitiva
La
medida cautelar en concreto dictamina que el Gobierno de Larreta tiene que
cumplir con las medidas judiciales ya dictaminadas entregando a todes les
trabajadores, así como a les niñes y adolescentes de los organismos de NNYA:
EPP, Kits de limpieza. Dichas instituciones deberán establecer protocolos
adecuados de actuación ante COVID-19, así como que Provincia ART, deberá
realizar inspecciones, controles, capacitación correspondiente como, asimismo
análisis por COVID-19 y análisis periódicos anuales, además deben sentarse en
la MAI para articular con nuestro Consejo Directivo el cumplimiento de las
medidas caso contrario deban pagar las multas por el incumplimiento.